Tras desestimar la presentación del Gobierno, la Corte Suprema dejó firme la cautelar que obliga al Estado a cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario. La resolución alcanza la actualización salarial del personal docente y no docente y la recomposición de los programas estudiantiles.
La Corte sostuvo que el recurso extraordinario, cuya denegación parcial dio origen a la queja, no cumplía con el requisito de dirigirse contra una sentencia definitiva o equiparable, conforme al artículo 14 de la Ley 48.
En consecuencia, el Tribunal desestimó tanto el pedido de excusación como la presentación directa e intimó al recurrente para que, en el ejercicio financiero correspondiente, haga efectivo el depósito previsto en el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, cuyo pago se encontraba diferido de acuerdo con la Acordada 47/91.
La cautelar abarca los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795: la actualización de salarios del personal docente y no docente desde el 1° de diciembre de 2023 hasta la sanción de la norma, y la recomposición de los programas de becas estudiantiles.
La resolución fue firmada por los tres ministros del tribunal: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
El 10 de junio, el Ejecutivo había firmado un acta en la que se comprometió a transferir fondos para un aumento de la masa salarial del 24,33%, una suba del 20% en gastos de funcionamiento y una ampliación de partidas para hospitales universitarios.






